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Proyecto Rimay Ecuador · Pilar de Justicia Primera versión pública · v0.1 · 20 de agosto de 2026

Integridad Verificable de Nombramientos, Causas y Disciplina

Reducir la intervención de partidos, gobierno central y redes económicas o criminales en las decisiones de jueces y fiscales — no cambiando quién nombra, sino haciendo que cada paso del nombramiento, la asignación de causas y la disciplina quede trazable y auditable.

Propuesta en debate
Qué es esta página, y qué no es todavía. Diagnóstico, propuesta central y, desde el 22 de agosto de 2026, dos herramientas interactivas (chat y quiz) — el mismo nivel que Salud, Democracia y Educación en contenido, aunque Salud además cuenta con visualizador de datos y directorio, que Justicia todavía no tiene. Administración pública ya suma su propio chat y quiz.
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Situación vigente

Los concursos de méritos ya existen jurídicamente — la reforma no puede ser "crear concursos". La Constitución y el COFJ ya exigen concursos, carrera judicial, autonomía fiscal, sorteo de causas, motivación y publicidad. Si algo falla, falla en el diseño, la ejecución, la temporalidad o la auditoría — no en la ausencia de la regla.

El problema no es hipotético: el propio Consejo de la Judicatura declaró emergencia. El 14 de julio de 2026, el CJ declaró la "necesidad extraordinaria y emergente" en todos los órganos jurisdiccionales por déficit de jueces. La CIDH alertó en 2024 sobre penetración del crimen organizado en la justicia y la necesidad de proteger a los operadores judiciales.

La estructura de nombramiento ya es compleja, y cambiarla no es trivial. Los cinco vocales del Consejo de la Judicatura provienen de ternas de Corte Nacional, Fiscalía, Defensoría Pública, Ejecutivo y Asamblea, seleccionados por el CPCCS. El Fiscal General se elige por concurso conducido por una Comisión Ciudadana. Cambiar esos órganos puede requerir reforma constitucional; transparentar sus fases y datos puede resolverse con reforma legal, reglamentaria y de gestión.

Corrección decisiva sobre el registro de agresores sexuales. El proyecto REVAAS fue aprobado por la Asamblea en 2019, pero la Corte Constitucional declaró su inconstitucionalidad total en el Dictamen 5-19-OP/19, por transgresiones a la igualdad y al modelo constitucional de rehabilitación social. Un registro público abierto no es una propuesta viable hoy — ver la alternativa en la sección de propuesta.
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Diseño propuesto

Expediente público del concurso

Diseño provisional

Perfiles, rúbricas y evidencia de cada puntaje publicados antes de la fase impugnable. Elaboración, custodia, aplicación y calificación de pruebas quedan separadas entre distintos responsables. Los evaluadores se sortean de un registro plural, con conflictos, recusaciones y reuniones publicados. Cada recalificación se registra en formato abierto, con su fundamento.

Límite real a los nombramientos temporales

Diseño provisional

Plazo y causal explícitos para cualquier nombramiento temporal, con cronograma obligatorio y público del concurso definitivo que debe reemplazarlo — para que "temporal" deje de significar "indefinido en la práctica".

Asignación aleatoria de causas, auditada

Diseño provisional

Auditoría técnica periódica del sorteo de causas, con publicación de pruebas de integridad del proceso sin revelar información reservada de cada caso. Evaluación de productividad, disciplina jurídica y revisión jurisdiccional quedan separadas entre sí, para no castigar un criterio judicial legítimo como si fuera una falta disciplinaria.

Protección real, no solo transparencia

Diseño provisional

Presupuesto institucional estable sujeto a indicadores y control, y protocolos de protección concretos para jueces, fiscales, defensores, testigos y personal amenazado — la transparencia sin protección expone a quien más se necesita proteger.

Prisión preventiva y caución: decisión individual, no automatismo

Propuesta en debate

La caución no es el "cash bail" estadounidense, y la prisión preventiva es constitucionalmente excepcional. Se propone un formulario judicial público de motivación con hechos individualizados, evaluación separada de riesgo de fuga, interferencia y daño, prohibición explícita de decidir solo por gravedad abstracta o falta de dinero, audiencia rápida de revisión, y datos anonimizados sobre solicitudes, decisiones y sustituciones para auditar disparidades por territorio, sexo y condición económica. Los instrumentos algorítmicos de riesgo no deben decidir de forma automática — pueden reproducir sesgos de datos policiales.

Protección de la niñez: verificación restringida, no registro público

Propuesta en debate

Descartada la publicación abierta de nombres (inconstitucional, ver diagnóstico), la alternativa es un sistema de verificación restringida para funciones de confianza con niñez: respuesta binaria o mínima para empleadores autorizados, sin expediente completo público, con corrección, apelación, evaluación de impacto de datos y protección de identidad de víctimas. Se combina con protocolos de contratación, regla de dos adultos y canales seguros de denuncia — la prevención no puede depender solo de antecedentes, porque muchas agresiones ocurren sin condena previa y en entornos de confianza.

Jurados

Pregunta abierta, deliberadamente pospuesta

No hay evidencia de que los jurados reduzcan el soborno judicial — trasladan parte de la decisión y crean riesgos propios de intimidación, sesgo y filtración. Antes de proponerlos hace falta dictamen sobre los arts. 167-169 de la Constitución, comparación con escabinos, costo de protección y simulaciones con casos anonimizados. Esta página no promete jurados como solución.

Quién nombra a cada cargo hoy — artefacto, no política pública

Publicado

No es una reforma legal — es la guía práctica que explica quién nombra a jueces, fiscales y vocales del Consejo de la Judicatura, y cómo funciona cada concurso vigente.

Cómo se eligen jueces y fiscales en Ecuador →

03

Riesgos

Reconocidos abiertamente, no como letra pequeña:

  • no basta cambiar quién nombra — cualquier nuevo órgano nominador también puede ser capturado si no tiene contrapesos reales;
  • publicar agendas, conflictos de interés y datos de nombramiento puede exponer a jueces y fiscales a represalias de redes criminales si no va acompañado de protocolos de protección reales, no solo declarados;
  • auditar la asignación aleatoria de causas sin filtrar información reservada de cada proceso es un balance técnico difícil, todavía sin diseño operativo cerrado;
  • posponer indefinidamente la decisión sobre jurados puede leerse como abandono de la idea — se declara aquí explícitamente como pregunta de investigación activa, no como descarte.
04

Objeciones que deben responderse

  • ¿Por qué no un registro público de agresores sexuales, si ayudaría a prevenir? Porque la Corte Constitucional ya declaró inconstitucional el proyecto que lo creaba (Dictamen 5-19-OP/19). La alternativa que proponemos es verificación restringida para trabajos con niñez, no un buscador abierto — no es una preferencia de diseño, es un límite jurídico ya resuelto.
  • ¿Por qué no eliminar la prisión preventiva o la caución para todo delito violento? Porque la Constitución exige excepcionalidad y proporcionalidad, y la Corte Constitucional ya invalidó una prohibición irrestricta de sustitución (Sentencia 8-20-CN/21). Una regla automática castigaría la pobreza o la etiqueta del delito, no el riesgo real.
  • ¿Por qué no proponer jurados si funcionan en otros países? Porque no hay evidencia de que reduzcan el soborno, y adoptarlos sin análisis constitucional y sin protección real contra intimidación podría empeorar el problema que buscan resolver.
  • ¿Los concursos de jueces y fiscales no ya existen? Sí. La reforma no crea el mecanismo — audita si su ejecución, temporalidad y trazabilidad realmente cumplen lo que la ley ya exige.
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Fuentes

  1. Constitución de la República del Ecuador
  2. Normativa vigente del Consejo de la Judicatura: Constitución, COFJ, COIP y reformas
  3. CIDH — independencia judicial frente a injerencias del crimen organizado, 2024
  4. Consejo de la Judicatura — declaración de emergencia por déficit de jueces, 14 de julio de 2026
  5. CJ — reglamento del concurso de jueces de la Corte Nacional, 3 de julio de 2026
  6. CPCCS — concurso de Fiscal General 2026
  7. Corte Constitucional, Sentencia 8-20-CN/21 — sustitución de prisión preventiva
  8. Corte Constitucional, Sentencia 22-20-CN/24 — prisión preventiva no es pena anticipada
  9. Corte Constitucional, Dictamen 5-19-OP/19 — inconstitucionalidad total del proyecto REVAAS
  10. Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

Investigación completa, con auditoría de cada afirmación del manuscrito original: INVESTIGACION_EDUCACION_JUSTICIA_Y_URLS.md, en el repositorio del proyecto.

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Historial de versiones

5 de septiembre de 2026 · Revisión de comunicación

Se añade una lectura breve con límites y enlaces al proceso, y un recorrido para seguir explorando y aportar. Esta revisión editorial no actualiza por sí sola la verificación de las fuentes ni demuestra resultados de la propuesta.

v0.1 — 20 de agosto de 2026
  • Primera publicación pública del pilar de Justicia. Descarta explícitamente el registro público de agresores sexuales por inconstitucionalidad ya declarada (Dictamen 5-19-OP/19), sustituyéndolo por verificación restringida. Pospone jurados como pregunta de investigación, no como promesa. Corrige terminología: caución, no "fianza".
22 de agosto de 2026 — herramientas interactivas
  • Se añaden chat y quiz diagnóstico, replicando el patrón ya probado en Salud, Democracia y Educación. No cambia ninguna afirmación factual del diagnóstico ni de la propuesta. Se añaden anclas por módulo (expediente público del concurso, límite a nombramientos temporales, asignación de causas, protección real, prisión preventiva y caución, protección de la niñez, jurados).
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Aportar a esta propuesta

Un error factual, una fuente adicional, una objeción jurídica, una experiencia territorial, una alternativa — cualquier aporte estructurado queda registrado y recibe respuesta.

El proyecto continúa contigo

¿Qué haría cambiar esta propuesta?

Una fuente que contradiga el diagnóstico, un costo omitido o una alternativa mejor pueden abrir una revisión. Señala la sección y explica tu observación.